De sustitución.
La disposición
adicional decimoquinta quedará redactada en los siguientes términos:
“Disposición
adicional decimoquinta. Aprobación del Régimen de transición para
la desaparición de índices o tipos de interés de referencia.
- El Gobierno, aprobará, con carácter urgente, el régimen transitorio previsto en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, por la que se suprimen el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorros (IRPH Cajas) y los bancos (IRPH Bancos), así como el tipo activo de referencia de las Cajas de Ahorro (indicador CECA).
- En dicho régimen transitorio para los contratos en vigor referenciados a los índices que desaparecen se contemplará la opción por parte de los deudores hipotecarios por la aplicación de alguno de los nuevos tipos de interés oficiales. En el caso de optar el prestatario por la referencia interbancaria a un año (Euribor), el diferencial aplicable no podrá ser superior al 1 %.
- Asimismo, se adoptarán cuantas medidas sean necesarias, en colaboración con el Banco de España, para garantizar el máximo nivel de protección, información y transparencia de los usuarios de servicios financieros afectados por la desaparición de los tipos que han dejado de ser oficiales.
JUSTIFICACIÓN.
Sin
perjuicio de que este grupo parlamentario considere extravagante la
regulación de esta cuestión en este proyecto de ley, la
trascendencia del objeto de la misma para tantos cientos de miles de
ciudadanos afectados por la titularidad de un crédito hipotecario y
la regulación que al respecto se ha introducido en el texto de este
Proyecto de Ley a través de la correspondiente enmienda del Grupo
Popular, aprobada en el Congreso de los Diputados, exigen la presente
enmienda. Con esta regulación, contradictoria con el propósito de
la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente,
ya en vigor desde hace casi año y medio, que prevé, entre otras
cuestiones, la desaparición de los índices de referencia de
préstamos hipotecarios (IRPH) de cajas, bancos y el tipo CECA,
el
Partido Popular viene a modificar el cálculo del IRPH Entidades y
contempla aplicarlo a aquellos contratos hipotecarios que carezcan
de sustitutivo, consagrando un artificio que no resuelve ningún
problema económico de solvencia de los afectados y, que, una vez
más, beneficia a las entidades financieras en detrimento de los
ciudadanos, obviando la aplicación de medidas más beneficiosas para
el consumidor como las que recomienda la UE. Cuando la aprobación de
un adecuado régimen transitorio, tantas veces demandado, entre
otros, por nuestro grupo parlamentario, podría suponer un alivio
para muchas familias que cada mes ven cómo la referencia
interbancaria a un año (Euribor) no tienen impacto en el pago de sus
deudas pendientes al aplicárseles un índice de referencia ya
extinto, teniendo, a su vez, un efecto beneficioso sobre la renta
disponible de las familias. Más teniendo en cuenta la situación de
aquellas que adquirieron viviendas de promoción pública, de
protección oficial o similares, y aquellas que están próximas a
una situación de insolvencia, sin que el Gobierno utilice los
recursos a su disposición para evitarlo.
Desde la agrupación de afectados por el IRPH creemos que éste es el reflejo de la actual situación TENEMOS MENOS DE UNA SEMANA PARA HACERNOS OIR! NECESITAMOS EL APOYO DE TODOS, DESDE CASA Y DESDE EL ORDENADOR NO PODEMOS HAY QUE SALIR, NOS JUGAMOS LOS PRÓXIMOS 20 AÑOS DE NUESTRA HIPOTECA CON ESTA LEY, DEBEMOS CAMBIARLA Y PRESIONAR.
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