El
pasado 19 de septiembre se aprobó en el Congreso la
Ley
de Emprendedores.
Con una técnica muy dudosa se aprovecha éste trámite para ENCUBRIR artículos
en la ley que nada tienen que ver con el tema y que buscan modificar
otra normativa, en el caso que nos incumbe, la eliminación del IRPH
cajas,bancos y CECA. Esta ley está lista para publicarse en el BOE y
se hará efectiva el próximo 6 de octubre.
El
cambio se basará en lo que tengamos estipulado en la escritura, en
el artículo 3 bis de la misma que trata de los índices
sustitutivos. Éstos pueden ser los diferentes casos:
- Euribor+1, en el mejor de los casos y el menos habitual
- IRPH que continúa vigente, entidades
- En el caso en el que los sustitutivos desaparecen será resultado de aplicar IRPH entidades+ un diferencial que se calculará de la “media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo”+ el diferencial,si lo hubiera, contemplado en la escritura (la cuota casi no variará)
- Se quedará fijo el último publicado o el último que se haya aplicado (éste caso no está muy claro porque habría que leer la hipoteca en su conjunto)
- Fijo el 14% éste sería el peor de los casos ya que supone el doble de la cuota actual.
La
nueva Ley apunta que el cambio de referencia se aplicará a partir de
la fecha de revisión que se prevea en cada contrato pero se
contradice en los contratos que mencionan que el sustitutivo se
aplicará cuando el IRPH se deje de publicar, es decir inmediatamente
el 1 de noviembre. Luego aclara que ésto implicará la novación
automática del contrato “sin suponer una alteración o pérdida
del rango de la hipoteca inscrita” para agregar que “las partes
carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración
unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida
de la aplicación de lo dispuesto en esta disposición”.
Es decir que los afectados no tenemos derecho al pataleo.
Éste
colectivo de afectados denuncia que desde el gobierno no se han
tenido en cuenta nuestras peticiones de sustituir el IRPH por el
euribor, índice empleado en más del 80% de las hipotecas concedidas
en España y actualmente a mínimos históricos, que les permitiría
un respiro a las familias a la hora de hacer frente al pago de la
hipoteca, éste decisión nos empuja al borde del desahucio y nos
reafirmamos en que el hecho de que mantener el IRPH entidades, tiene
como único resultado el afán recaudatorio de la banca.
Seguiremos
peleando junto a todos los afectados por la hipoteca, por la
desaparición del IRPH entidades y exigiremos responsabilidades
también al principal partido de la oposición que pudo resolver y
eliminar todos los IRPH en su última legislatura.
Qué
esto es una estafa más de la banca y similar a una cláusula suelo
cuyos afectados ya están viendo resultados favorables.
Me pemito indicar una pequeña corrección al magnifico escrito, donde dice en el caso 3 que la cuota prácticamente no variará sobre la actual, es cierto a corto plazo, pero a largo plazo terminará encareciendo lo que se hubiera pagado con el IRPH Cajas en la medida del diferencial que se aplique, ya que de forma natural el IRPH Conjunto de Entidades, al ser el valor calculado por el conjunto de entidades (valga la redundancia) ya incorporará con el tiempo esa diferencia que hubo en su día entre cajas y bancos.
ResponderEliminarDicho de otra forma, ese diferencial es la bofetada final para indicarnos de forma clara quien manda aqui
Buenos días,
ResponderEliminaraunque creo que queda claro en el artículo, y visto que La Caixa se aferra a que el IRPH se pueda seguir publicando, y por tanto no aplique el sustitutivo.
El 1 de noviembre de 2013 se deja de publicar e lRPH de Cajas? ¿o únicamente deja de ser aplicable a nuevos prestamos?
Gracias y un saludo.
Buenos días, a partir de noviembre IRPH cajas, bancos y CECA dejan de existir, ya se han dejado de aplicar para nuevos préstamos en abril.Gracias
ResponderEliminarCoño no nos habiamos dao cuenta......
EliminarAún hay gente que ni se dio cuenta de que su hipoteca es IRPH...
EliminarEn nuestro caso, tengo como índice sustitutivo el indicador CECA y la hipoteca contempla que "en el supuesto de no publicación del tipo sustitutivo. a cada uno de los períodos de interés siguientes se aplicará el tipo de interés a la sazón vigente, el cual se mantendrá fijo hasta que. a tenor de lo pactado, sea factible su variación"
ResponderEliminarEn consecuencia, ¿Estamos en el caso 3 o el 4?.
Gracias y saludos
Hola Jordi, entendemos que el 3 porque está previsto un índice vigente que lo sustituya que es entidades
EliminarHola a mi me hacen la revision en octubre y empiezo a pagar la nueva cuota en diciembre pueden obliarme a pasar todo el año pagando IRPH en vez el sustitutibo que tengo k es euribo+1?? Gracias
ResponderEliminarCreemos que no. pero....... la ley dice que en la próxima revisióny sabemos que las entidades responden con lo mismo que pone la ley. Has preguntado en tu oficina?
EliminarHola, en mi caso me indica que el sustitutivo sera el ceca y si este desapareciese , se quedaría fijo con el último índice de referencia publicado durante toda la vida del préstamo. Me pueden obligar a ponerme el índice de referencia nuevo?
ResponderEliminardepende cómo éste redactado todo en su conjunto, puede darse a la interpretación de que si lo pueden aplicar
EliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarBuenos dias. En mi caso el sustitutivio al irph cajas es rl irph entidades, lo k no m aclaran las esdrituras es el diferencial, como puedo saberlo. Gracias
ResponderEliminarlo tiene que aclarar, artículo 3 bis.... o en todo caso porner que no se incrementará = diferencial 0
EliminarHola yo tenia irph caja +0,20 y UCI me informa que ahora tendre irph entidad +0,20 ( aunque en mi escritura solo estipula lo del cambio,pero nada acerca del diferencial )...es abusivo ?
EliminarHola, a mi me revisan la hipoteca el 5 de diciembre y empiezo a pagar la nueva cuota el 5 de enero. En la kutxa me dicen que el indice de referencia es el del mes de octubre y como en octubre (hasta el 6) se publicará el irph la renovación se me hará con este indice durante un año más. En mi escritura dice que la sustitucion ha de ser a un euribor +1. Es cierto que me han de aplicar irph??
ResponderEliminaraún no tenemos esa respuesta, sabemos que la ley pone en la próxima revisión y que las escrituras ponen otra cosa y tampoco hemos conseguido un escrito de Kutxa que nos diga como lo harán suponemos que esperarán a que todo se publique en el BOE
EliminarYo e estado hablando con la directora de mi sucursal de kutxa y me a dicho que están esperando a que se publique el BOE para ver como lo van hacer
EliminarMe han dicho k mi revision es el 5de nov pero k me cogen los valores de sept con lo cual la chica no ha sabido decirme como lo van a hacer.
ResponderEliminarla ley pone que será en la próxima revisión
EliminarEn mi escritura, de Kutxa, pone que se toma como índice de referencia el de dos meses antes de la fecha de revisión. La suerte es que mi fecha de revisión es en la cuota de Julio, por tanto me tomaran la de Mayo de 2014.
ResponderEliminarAun me quedan nueve letras a pagar con IRPH Cajas, pero en Julio de 2014 calculo que mi cuota bajara unos 450 euros cada mes.
Hay alguna demanda en los juzgados contra el irph?
ResponderEliminarsi, ya hay demandas en marcha
EliminarHola,
ResponderEliminarEn mi escritura pone:
Se utilizará comom substitutivo el porcentaje publicado por el banco de España como referencia oficial bajo la denominación "TipoActivo de referencia de las cajas de ahorro-Indicador CECA tipo Activo", En el boletín oficial del estado, con anterioridad a los 20 días precedentes al inicio de la nueva anualidad...En el supuesto de que el banco de España no publicara no publicara el citado indice de referencia se tomará como tal el que, aplicando los mismos criterios de determinación, publique la confederacion Española de Cajas de Ahorro.
te aplicarán IRPH entidades+diferencial
ResponderEliminarBuenos dias, en mi escritura dice literalmente lo siguiente: para el supuesto de no publicacion del tipo de referencia antes citado, se tomara el ultimo de los publicados por el organismo de dicho referencial, en caso de desaparicion se aplicara el tipo de referencia que lo sustituya oficialmente y caso de suspender su publicacion por plazo superior a un año sin ser sustituido, el ultimo que se haya publicado por la confederacion española de cajas de ahorros, como tipo de referencia de ceca para operaciones de activo. esto significa que ante la desaparicion del irph de cajas me impondran el de entidades u otro. un saludo y gracias por su ayuda
ResponderEliminarBuenas tardes, yo tb soy una afectada por el irph. En nuestras escrituras nos consta q nos lo sustituirán por el euribor +1. La revisión es anual y en junio. Al demorarse tanto la reforma no sabemos si nos tocará nuevamente "pringar" y pagar un índice abusivo y sin vigencia hasta junio de 2014... Leeremos las escrituras esta noche. Me parece indignante cómo nos toman el pelo y nos venden una hipoteca así, sabiendo la losa q representa a las familias, q faena tenemos para tirar adelante y hacer planes de futuro.... También tenemos la hipoteca con Kutxa. Sé podría denunciar que la vigencia del irph no dure hasta la revisión?? No tiene sentido aplicarlo si deja de existir!!!! Estamos muy cansados de los bancos... Ánimo a todos los afectados!!!
ResponderEliminarSoy una afectada más por la desaparición de irph cajas.
ResponderEliminarYo tengo la revisión el 1 de noviembre ( con el irph cajas del día anterior), la nueva cuota es en enero del 2014.
En mi hipoteca pone que como índice sustitutivo, en el caso de que haya pasado un lapso de dos meses de tiempo sin ser publicado el irph cajas, se cogerá el CECA. Si el CECA también desaparece, en el caso de que haya pasado un lapso de dos meses de tiempo sin ser publicado el CECA, se aplicará en la hipoteca el último interés nominal anual que haya sido posible clacular.
¿Podéis aclararme si me quedará fijo el tipo de interés a partir de mi próxima revisión el 1 de noviembre?
No entiendo como se referenciará la hipoteca a partir de esa fecha.
Un saludos y gracias por vuestra ayuda
Buenos días, soy una afectadas mas por la desaparión de IRPH cajas, pero del peor de los casos ya que en mi escritura se especifica que se me aplicará el 14% de interés en caso que se dejara de publicar el IRPH. Lo he consultado con el director de mi sucursal y no sabe decirme que va a pasar porque es el primer caso que se le ha dado al menos eso es lo que me ha dicho. Estoy a la espera de consultarlo con la oficina de defensa del consumidor pero hay una larga lista de espera. Me han dicho que es perfectamente denunciable pero mi temor es que me apliquen el interés del 14% a partir de noviembre con lo que casi se me triplica la cuota. Ya sabemos lo que duran este tipo de trámites y no se si podre afrontar el pago que me supondrá la cuota y si sería mas rentable cancelar y hacer una nueva hipoteca con el consiguiente gasto. Un saludo y gracias por vuestra ayuda.
ResponderEliminarYa salió publicada en el BOE la ley de emprendedores. Sabemos algo mas sobre que haran los bancos con el irph? Quiero ir a hablar con los de la kutxa por que mi revisión es a principios de noviembre pero me gustaria saber que puedo pedir o exigir!!!
ResponderEliminarMuchas gracias.
La ley dice que los bancos deberán aplicar el nuevo valor sustitutivo en la fecha de revisión, siempre que sea posterior al 6 de Octubre, porque es la fecha en la que se publica por ultima vez los valores irph y por tanto la ley reguladora que se acaba de aprobar y publicar en el BOE empezara a ser útil a partir de ese momento.
EliminarSi tu revisión es a principios de Noviembre se tomara el valor del irph de Septiembre. Seguiras pagando irph hasta que te toque revisar en noviembre de 2014 y a partir de esa fecha se te aplicara Euribor + 1
buenos días a todos.
ResponderEliminarEn kutxa están todos los directores amenazados por sus superiores, por los que deciden y nadie ve nunca, o sea, los que cobran pasta de verdad y están escondidos moviendo los hilos. Los directores son unos pobres pringadillos que ya no saben donde esconderse a cualquier pregunta sobre este tema.
Por lo que aprecio, al igual que en mi hipoteca, en Kutxa se toma siempre el tipo de interés publicado dos meses antes de la fecha de revisión, y parece ser que da igual el dia del mes, quiero decir, que da absolutamente igual si tu fecha de revisión es el 1 de diciembre o el 31 de diciembre, como se toma dos meses antes y esto es en octubre y en octubre había irph, pues te tocan 12 meses mas con irph.
Según esto, deberemos esperar al ver que ocurre con todas aquellas hipotecas a las cuales les toca revisar tipos a partir del 1 de enero, porque son las que ya se estarán revisando mas de dos meses después del mes de la ultima publicación del irph. A estas, se supone que automáticamente se les debería aplicar el Euribor +1.
Entiendo que a todas aquellas que se revisen a menos de dos meses después de la ultima publicación, es decir, a todas aquellas hipotecas que se revisen desde el 1 de Octubre hasta el 31 de diciembre, Kutxa les seguirá aplicando el irph un año mas, argumentando cualquier patraña o estupidez legal, tener en cuenta que Kutxa dejara de ganar una cantidad ingente de dinero, por tanto, mientras puedan agarrarse a cualquier resquicio o confusión sobre la normativa o a cualquier duda legal, no dudéis que lo van a hacer. También esta claro que hasta ahora han estado rentabilizando estas hipotecas mucho mejor que si las hubiéramos firmado con Euribor, no? Yo llevo 7 años pringando con el irph, si me pongo a mirar, kutxa tiene un buen benecficio extra recaudado hasta el dia de hoy...
A todos aquellos a quienes les toque revisar a partir del 1 de Enero, simplemente ya se les aplicara el esperado Euribor + 1, porque si se les toma el valor de dos meses antes, en Noviembre ya no se publicara el irph. Y no van a tener mas opción que hacerlo, y darle una gran alegría a esa persona o familia. Si no lo hacen, denuncia civil al canto. Y el Sr./Sra. Juez va a dictar una sentencia demoledora contra Kutxa, simplemente por incumplir una clausula clara concisa y transparente de un contrato hipotecario firmado ante un Notario. Y además va a tener que pagar Kutxa las costas judiciales, y además quizás se lleve Kutxa hasta una llamada de atención por parte del Juez por hacerle perder el tiempo a la Justicia que bastante retraso lleva ya en su trabajo.
Creeis que a Kutxa le interesa esta mala publicidad?
Xavi, eso es lo que a mi me dicen, que como se mira el indice de dos meses anterior y en octubre aun se publica el irph, entonces me seguiran aplicando este indice un año mas. Pero mi pregunta es, si el irph de noviembre es el resultado de la media del mes de octubre, y el banco de españa solo publicara este indice hasta el 6 de octubre, como piensan hacer la media??????? cogiendo solo seis dias?????? No entiendo como un juez puede aceptar eso!!!! Mi abogado lo esta mirando y te aseguro que si es asi pienso denunciar cueste lo que cueste!!!!!!
EliminarHola me llamo Auri, en mi caso no se bien que es lo que vaa pasar, tengo IRPH cajas como sustitutivo copio literal
ResponderEliminar" en caso que Banco de España dejara de publicar dicha referenciarecomendada, la variación aplicable al interés nominal pactado se obtendría del tipo de refernciapublicadoen BOE60 días antes del inicio del nuevoperiodo de la confederación española de caja de ahorros.
A su vez, en el supuesto de que también desapareciera este índice ceca, el tipo de interés no seria modificado.
la caja queda facultada para, en cualquier momento que volviera a publicarse alguno delos indicadosindices, aplicar el incremento o disminución que corresponda al tipo de interés vigente acomodándolo en la formay términos aquí pactados. el tipo de interés resultante será el tipo de interés nominal anual que se aplicara al préstamo, quedando en consecuencia modificado el importe de las cuotas de amortización de capital e intereses señalados en clausula segunda.
hola buenas noches.
ResponderEliminaryo tengo IRPH cajas y como sustitutivo CECA el cul también desaparece, es decir me quedarà IRPH entidades.
tengo una consulta que es la siguiente:
el diferencial este nuevo de la media entre uno y otro que nos aplicaran a los que estamos en esta situación entiendo que este diferencial serà solo en la primera revisión no?
un saludo
Hola, mi hipoteca esta contratada con IRPH conjunto de entidades y sustitutivo el IRPH bancos, se que desaparece el sustitutivo, o sea que me quedo como estoy, pero cual me pueden poner. Gracias
ResponderEliminarHola a todos, soy otra afectada, tengo IRPH cajas y el 5 de octubre tengo la revision trimestral. En las escrituras indica que el sustitutivo sería EURIBOR +1. Podré acogerme al sustitutivo? Es ya firme la ley?
ResponderEliminarMi hermano también tiene revision en octubre, pero anual.
Alguien que nos pueda asesorar?
Gracias!
Mi opinión no es cualificada, pero felicidades!!... Estás en el mejor escenario posible. Sólo tendrás que esperar a la próxima renovación trimestral para que se te aplique el euribor +1 punto y a ahorrar dinero! :)
EliminarTu hermano tendrá que esperar un año.
Hola a todos, esto es lo que dice la Disposición Transitoria de la Ley de Emprendedores:
ResponderEliminar1. Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejará de publicar en su sede electrónica y se producirá la desaparición completa de los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros.
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros.
2. Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.
3. En defecto del tipo o índice de referencia previsto en el contrato o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.
La sustitución de los tipos de conformidad con lo previsto en este apartado implicará la novación automática del contrato sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita.
4. Las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición.
O sea:
- que el 1 de noviembre esos índices desaparecen y no pueden volver a utilizarse.
- que se aplicará desde la siguiente renovación a ese día -1/11/13- el sustitutivo o el IRPH entidades.
- que el contrato se nova automáticamente, así que los Bancos y Cajas no pueden pretender mantener las referencias de meses anteriores, aunque estuviesen reflejadas así en los contratos.
- El IRPH Cajas, el IRPH Bancos y el CECA no pueden aplicarse a ninguna hipoteca que se renueve a partir del 1 de noviembre.
Por supuesto que todo lo anterior sin comentar el FRAUDE (con mayúsculas) que supone la imposición por Ley del IRPH entidades + diferencial, consentido y negociadopor nuestro Gobierno con las entidades bancarias para robar a los ciudadanos a cambio de vete a saber qué.
la duda que me crea esta ley es la del punto 3. En mi caso, como el de muchos otros de la caixa, la escritura indica que el indice sustituto es el CECA y si también desaparece, entonces el último publicado.
EliminarEntiendo que esto indica que deberiamos quedarnos con Interés fijo, ya que no existe defecto del tipo previsto. ¿correcto?
hola buenas! me llamo javi,tengo irph cajas y como sustituto irph entidades.se me aplicara el diferencial del nuevo irph entidades o el irph entidades solamente?gracias,haceis una gran labor social.
ResponderEliminarestoy en tu caso con irph caja +0,20 y mi banco me anuncia que paso a irph entidades +0,20....yo alli tengo duda si es legal esto.
EliminarHola, buenas a todos. Yo tengo IRPH cajas y el sustitutivo era el CECA, que también desaparece, con lo que creo que estaré en la situación 3 y que me pondrán el IRPH entidades...
ResponderEliminarMi duda es si en vez de quedarme con las mismas, me conviene modificar mi hipoteca y cambiarme al euribor... supongo que dependerá de lo que me cueste ese cambio, que creo que ronda en mi caso por 500 euros.
que opináis?
Yo fui a hablar con el banco,pero segun ellos el coste de cancelacion y apartura de nueva hypoteca seria superior al ahorro que podria generar el cambio al euribor...es cuestion de hablar con tu banco y sacar calculos.
EliminarHola a todos, tengo muy buenas noticias para los que tenemos la hipoteca en la Kutxa y en las escrituras pone que el sustitutivo sera euribor +1. Me acaban de llamar de la oficina y me han dicho que kutxa cumplirá al pie de la letra lo que dice la ley, es decir, que a todos aquellos que revisen la hipoteca a partir del 1 de noviembre se les aplicará el sustitutivo. a micasi se me caen las lagrimas de la alegria!!!!!!!! Suerte a todos los demás!
ResponderEliminarAl final te ha cambiado a Euribor + 1? No te pusieron pegas?. Tuviste que firmar algún documento o te lo aplicaron automáticamente?. Un saludo, Miriam y Jorge
EliminarBuenos días, en mi escritura dice literalmente lo siguiente:
ResponderEliminarEn caso de que desapareciera el tipo de interés de referencia, se pactan como referencias sustitutivas:
- En primer lugar el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de res años,para adquisición de vivienda libre, concedido por el conjunto de entidades.
- En segundo lugar, si tampoco pudiera aplicarse ésta referencia por su falta de publicación, se utilizará la equiparable que publique el banco de España, Ministerio de Economía y Hacienda o instituciones públicas o privadas de la Unión Europea y Monetaria por este orden.
Mi consulta es, en cual de los cinco casos estaría mi hipoteca? Gracias
pasaras a IRPH ENTIDADES como estipula tu escritura.
EliminarHola, soy un afectado del IRPH, que ni sabia de él, hasta hace dos años. Tengo una hipoteca de 1070 euros al mes con el IRPH conjunto de entidades. Lo logro saber si este desaparecerá tambien o solo el de cajas. En mi hipoteca pone que si desaparece éste se aplicará EURIBOR mas 0. Ests vriaría sustancialmente. Como trabajo de mañanas no puedo ir a mi oficina que ahora me queda en la otra punta de Barcelona. Muchas gracias
ResponderEliminarpor el momento te quedas igual,ya que el de ENTIDADES sigue vigente,
Eliminar"Rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre 2 y 6 años"+ 1.5 ptos, este es mi indice sustitituvo, firmado en hipoteca.
ResponderEliminarHola a todos, estoy totalmente indignada con todas las entidades bancarias,y sobretodo, con la mia CAJAMAR.
Me va a aplicar un indice de referencia, todavia mas abusivo que el IRPH CAJAS, que es el que he estado pagando todos estos años, y que ya de por si es ABUSIVO , segun la Union Europea.
Me gustaria saber si hay alguna forma de reclarmar todos esto, y de saber si esta asociación tiene sede en Valencia, Gracias.
Hola esta mañana he hablado con mi banco CAJA SUR, yo tenia mi hipoteca con KUTXA,, como otros clientes en mi hipoteca me dice que en caso de que desaparezca el IRPH pagare un punto porcentual mas EURIBOR. Esa mañana he habldo con mi bancon para saber el importe de mi hipoteca el mes que viene, y la respuesta es la siguiente:
ResponderEliminarComo tu hipoteca se reviso en octubre nos acogemos al IRHP cajas, y que hasta el año que viene no se me aplicara el tanto que tengo firmado en la hipoteca.
Sabeis que puedo hacer, si hay alguna manera de reclamar que me calculen el interes de mi hipoteca con lo que tengo firmado con ellos ya que la ley debio entrar en vigor en Abril de este año y ahora me dicen que todo es correcto y que ellos (el banco) trabaja siempre con toda la legalidad y siempre intenta ayudar a sus clientes en todo lo que pueden
Saludos
Yo estoy en tu mismo caso, y me dicen lo mismo. La revisión me la aplicaron el 6 de octubre, y "dado que fue antes del 1 de noviembre tienes que seguir pagando la cuota de acuerdo al IRPH".
EliminarOs dejo mi correo rosamunde75@hotmail.com. A ver si nos organizamos aquí en Andalucía... Ando un poco perdida y desconozco si hay alguna plataforma ciudadana aquí y de qué manera podemos hacer más presión.
Como comente anteriormente soy un afectado del IRPH, me revisaron en octubre y me dicen que debo pagar un año. Llame a consumo y me han dicho de reclamacion por escrito y con la copia a consumo, el banco tiene dos meses para responder.
EliminarNo se si valdra para algo o no, pero lo que es seguro que si no reclamamos y simplemente nos quejamos verbalmente siempre ganaran los mismos. Os aconsejo de reclamar y no ceder.
Yo tengo un punto mas euribor porque tengo que pagar un año mas cuando desde hace mas de dos años se me debio aplicar ese tipo de interes, con el que tenian que negociar era conmigo y no con el Banco de España.
Saludos
Hola yo tenia irph caja +0,20 y UCI me informa que ahora tendre irph entidad +0,20 ( aunque en mi escritura solo estipula lo del cambio,pero nada acerca del diferencial )...es abusivo ?
ResponderEliminarBuenos dias
ResponderEliminartengo hipoteca firmada a 1/12/2005 cin IRPH +0,15
mi indice sustitutivo seria el CECA y, en el caso en el q el banco de españa no publique este, se tomara como tal el que aplicando los mismos criterios de determinacion publique la Confederacion Española de cajas de Ahorros!!!
que indice me pueden aplicar en mi caso?! no tengo claro si estoy entre los 5 casos q describis vosotros?!
Por otro lado me ponen q para la revisionse considerara como tipo de referencia el correspondiente al tercer mes inmediatamente precedente a aquel en que sea de aplicacion el nuevo tipo, siempre q haya sido publicado con una antelacion minima dde 20 dias al inicio de la nueva anualidad. me tocaria estar todo 1 año como estoy o siendo octubre el mes ya me tocaria el nuevo indice?!
muchas gracias
Esto es lo que pone en mi hipoteca, ¿en la siguiente revisión que me aplicaran? TERCERA BIS.- TIPO DE INTERES VARIABLE:---------------------------- 1.- A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA FECHA DE TERMINACION DEL PERIODO DE INTERES FIJO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA PRECEDENTE, SE APLICARA AL PRESTAMO UN TIPO DE INTERES NOMINAL QUE SERA LA SUMA RESULTANTE DE AÑADIR 0,25 PUNTOS AL TIPO MEDIO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS PARA ADQUISICION DE VIVIENDA LIBRE, DEL CONJUNTO DE CAJAS DE AHORROS (TIPO DE REFERENCIA), QUE SERA EL CORRESPONDIENTE AL PENULTIMO MES ANTERIOR A LA FECHA DE CADA REVISION, PUBLICADO POR EL BANCO DE ESPAÑA EN EL BOE, REVISABLE ANUALMENTE, QUE TENDRA LUGAR EL PRIMER DIA DE CADA PERIODO DE REVISION HASTA EL VENCIMIENTO DEL PRESTAMO----------------------------------------------------- 2.- EN EL SUPUESTO DE NO PODERSE DETERMINAR EL TIPO DE INTERES POR EL SISTEMA ANTERIORMENTE DESCRITO, TENDRA CARÁCTER DE TIPO SUSTITUTIVO EL TAR (TIPO ACTIVO DE REFERENCIA DE LA CONFEDERACION ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS DE LOS DOS MESES ANTERIORES). LA APLICACIÓN DE DICHO TIPO SUSTITUTIVO TENDRA LUGAR DURANTE TODO EL TIEMPO EN QUE NO SEA POSIBLE APLICAR EL TIPO DE REFERENCIA PACTADO, REANUDANDOSE LA APLICACIÓN DEL MISMO EN CUANTO ESTE PUEDA SER DETERMINADO Y CON EFECTO DESDE LA FECHA DE SU REANUDACION……. LOS INTERESES NO PODRAN SER INFERIORES AL 3,95 % NI SUPERIORES AL 15% …….
ResponderEliminarHola, he ido esta mañana a mi banco, la caixa, pq en mayo me tenia q venir la revisión de mi hipoteca y me han mandado una carta donde me explican q ha desaparecido el IRPH y q a partir de ahora me dejan un interés fijo y es el q he tenido el último año, un 3.87% y yo no se q derechos tengo o si puedo cambiar al euribor, necesito respuesta pq me encuentro indefensa
ResponderEliminarbuenos días,
ResponderEliminaren mi escritura no me pone índice sustitutivo , es decir solo me pone Irph en negrita. He llamado al banco para concertar una visita con el director puesto que el mes que viene me revisan el índice. la sub directora me ha comentado que en estos casos me aplicaran el irph de bancos que es mas lo menos el mismo. ¿Es correcto?¿ si no tengo nada estipulado en la hipoteca, me tengo que quedar con el índice que ellos me digan?
a la espera de recibir sus comentarios
saludos,
BUENAS TARDES YO TENGO EN LA HIPOTECA FIRMADO EL IRPH CONJUNTO DE ENTIDADES, Y QUISIERA SABER SI ALGUIEN HA DEMANDADO AL BANCO PARA QUE LE CAMBIEN A OTRO TIPO DE INTERES MENOS ABUSIVO, MEDIANTE ABOGADOS Y JUICIOS , Y HA GANADO EL JUICIO???? ESTOY MIRÁNDOLO CON ABOGADOS PARA LUCHAR POR EL CAMBIO, PUESTO QUE ESTOY PAGANDO UNA CUOTA MUY ELEVADA DE HIPOTECA, POR ESO NECESITO INFORMACIÓN.GRACIAS
ResponderEliminarBuenas tardes
ResponderEliminarA mi me han revisado ahora la hipoteca en CatalunyaCaixa y me cambian a Entidades. Pero me modifican el diferencial +0.152 aunque en la escritura se indica que el diferencial será 0.3 ahora lo quieren subir a 0.452. ¿Eso es justo?
Gracias
Hola, he conocido recientemente vuestra existencia... Muchas gracias!!! Ya era hora que alguien nos guiase un poquito a los afectados por el IRPH. Llevo años intentando que La Caixa cambie mis condiciones al Euribor sin conseguirlo, me dan largas, hacen oídos sordos, etc... En fín, como la mayoría de vosotros, supongo. Quisiera saber si realmente el IRPH es denunciable por ilegal o alegal y por tanto nulo para ir inmediatamente a denunciarlo. Y una segunda cuestión: como en otros casos que he leído, tras la revisión mi cuota ha quedado exactamente igual a pesar de que en el contrato consta el sustitutivo de IRPH Entidades, no sé si para bien o para mal. Como os digo compañeros, si es ilegal no dudaré en denunciarlo y si no lo es no cejaré en el empeño de largarme a otra entidad con mejores condiciones, no maravillosa pero al menos no estafadora. Alguno de vosotros lo ha hecho? Muchas gracias.
ResponderEliminarEn mi caso, en La Caixa, me han revisado en Mayo y me han notificado que me que dejan el 4,190 % nominal hasta el vencimiento final de la operación. yo tenia como sustitutivo el CECA.¿Está bien así fijo hasta la extinción al 4,190%?
ResponderEliminarGracias de antemano por la información
Hola
ResponderEliminarA mi me han man
dado una carta que me lo dejan fijo y otra q paso a entidades, unos trápalas.... esto es con la Caixa
Si el juzgado o el banco de España dice que el 01 de Noviembre no se cambiaba a el diferencial tanto Euribor + 1 ó irph entidades, quieren decir que se cojen los dos meses anteriores a la revisión, "correcto según ellos" pero si pasan dos meses para la revisión de interés y no se sabe el valor a calcular porque no existe , se quedara un interés fijo, quiere decir que en el caso de la Caixa, a todos se les quedara fijo, o un año mas con irph cajas, y luego fijo. de una forma u otra se quedara fijo, no se si me explico, creo que aquí se aprecia un fallo o una laguna legal, saludos
ResponderEliminarBuenas tardes, a mi me toca la revisión éste mes y me han dicho que como no tengo sustitutivo según mi escritura que me aplicarán el irph de cajas el último que publicaron! Eso es legal? No me tendrían que cambiar a irph entidades que ahora está al 2,81, pues me han dicho que será el de cajas el 3,94. Un saludo
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