Selecciona el idioma en el que quieres leer nuestro blog

Envíanos tu "Nota de Blog"

Si quieres que tu opinión se publique en este blog. Si tienes datos y/o información que quieras compartir con todas las personas que nos visitan envía tu "Nota de Blog" a agrupacionafectadosirph@gmail.com

jueves, 20 de junio de 2013

Agrupación de Afectados por el IRPH: La gran estafa. ¿Por qué suben unos índices y otros no?


IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre que han concedido bancos y cajas durante el mes al que se refiere el índice, es decir es la media de tipos de interés de todas las hipotecas concedidas por las cajas o lo bancos según el tipo de IRPH, evidentemente.
La revisión del tipo de interés o índice de referencia suele ser el de dos meses antes al que tiene lugar la revisión de cada hipotecado.
Después al finalizar cada mes, las entidades financieras notifican al Banco de España las hipotecas que han concedido y a que interés.  
El Banco de España publica la media de todas las hipotecas con la información que cada banco y caja le proporciona a final de mes y de ahí resulta el índice IRPH Cajas y Bancos.
 Ahora bien, la media que cada banco o caja proporciona puede ser incrementada debido a las denominadas "Hipotecas bonificadas". Éstos productos se firman con un diferencial  que se rebaja según los productos contratados por el consumidor con la entidad de la siguiente forma:

(Los porcentajes son un ejemplos. Cada entidad aplica los suyos y de la manera que mejor estima)
Domiciliación de nómina........................-0,40 %
Tarjetas de crédito……………………….-0,30 %
Domiciliación de recibos……...…………-0,20 %
Seguro de hogar…………………........…-0,50 %
Seguro de vida……………….........….....-0,30 %
Seguro de protección se pagos…..........-0,30 %

Resultado: Si el diferencial era del 3,5% con las bonificaciones queda en el 1,5%. Mucho más atrayente para el consumidor ¿verdad?
Ante esta aparente ventaja, el consumidor estima que estos productos son obligatorios en una u otra entidad y concluye que es indistinto contratarlos en una entidad o en otra y  además con "descuento".

El resultado de éstas operaciones, que se formalizan mediante contrato hipotecario, es estableciendo un ejemplo actual:
 
Euribor de Mayo 2013 (0,47%) + Diferencial  aplicado (3,5%) =  La operación se firmará ante notario al  3,97%

La Trampa
 
Aunque el consumidor esté pagando a razón de índice de referencia + 1,5%, el dato que las entidades facilitan al Banco de España para esta hipoteca es el 3,97%. 
El resultado de esto es que la media de índices de referencia siempre es alta y el IRPH no baja. 
Ésta práctica, además de ilegal, es abusiva y está siendo permitida por el Banco de España y el Gobierno. 

Conclusiones:

1. El consumidor paga por los productos que tiene contratados con la entiedad = Beneficio para la entidad a través del consumo de productos financieros y seguros.
2. Las entidades informan de un índice manipulado a la baja para obtener la firma de la operación y así poder incrementar la media y revisar las cuotas al alza = Beneficio para le entidad a través de la revisión de cuotas anuales.

Fuente: Desconocida

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Danos un momento. Te explicaremos lo que ocurre...