Ayer día 30/04/2013 el BdE publicó la siguiente nota informativa que detallamos: (adjuntamos enlace y remarcamos en rojo lo que está manipulado en relación al texto real de la EHA2899/2011)
http://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/Briefing_notes/es/notabe30-04-13.pdf
"30.04.2013
Nota informativa sobre la publicación de determinados tipos de interés de
referencia de los préstamos hipotecarios a tipo variable
1.- INFORMACIÓN GENERAL
Ante las dudas que se están suscitando respecto a la continuidad de los tres índices de
referencia para préstamos hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales para los
nuevos préstamos contratados a partir de la entrada en vigor de la Orden EHA/
2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios
bancarios (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/29/pdfs/BOE-A-2011-17015.pdf ), resulta
oportuno aclarar lo siguiente:
• En primer término debe indicarse que, tal y como señala la disposición transitoria
única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con
carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la
entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los
efectos…”, es decir que dichos índices, mientras sigan publicándose, continúan
siendo índices válidos para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de
interés variable que a la entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de
referencia.
• Además, la Orden indica que la desaparición completa de los citados índices o tipos
se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la misma y su normativa de
desarrollo, es decir, el 6 de octubre de 2013, pero “siempre que en ese plazo se
hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los
préstamos afectados”.
• El Gobierno está trabajando en la regulación de dicho régimen de transición que
estará aprobado previsiblemente antes del citado 6 de octubre de 2013. No obstante,
hasta que el mismo se determine y entre en vigor, el Banco de España va a seguir
publicando mensualmente, como viene haciendo hasta la fecha, el valor de
dichos índices de referencia. [...]"
¿Qué dice realmente la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios?
Artículo 34. Normativa de transparencia de los servicios de pago.
La transparencia de los servicios de pago celebrados por los clientes se rige por lo previsto en la Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. Asimismo, en lo no previsto por la citada Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, les resultará aplicable lo establecido en los artículos 3, 8, excepto el apartado 2, 10 y 16 de esta orden.
1. Los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos. La desaparición completa de los citados índices o tipos, con todos sus efectos, se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la presente orden y su normativa de desarrollo, siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados.
2. Hasta el momento indicado en el último inciso del apartado anterior el Banco de España se encargará de publicar mensualmente en su sede electrónica los índices y tipos de referencia siguientes:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros.
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros.
[...]
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente, la presente orden entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Lo previsto en el capítulo II del título III, a excepción de la sección 3.ª, entrará en vigor a los nueves meses de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, la previsión a la que se refiere el apartado 4 del artículo 9 comenzará a aplicarse en 2014 sobre los servicios prestados el año anterior. Madrid, 28 de octubre de 2011.–La Vicepresidenta del Gobierno de AsuntosEconómicos y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.
Conclusiones:
1) La circular a la que hace referencia el BdE es la 5/2012 de 27 de Junio fue publicada (según indica el BdE en su circular) el 6 de Julio 2012 en el BOE. Se están aplicando los plazos de entrada en vigor y publicación de la EHA2899 sobre la circular 5/2012 cuándo ambas de carácter distinto. La manipulación es clara. Esta circular no existía cuándo se publicó la EHA2899 por tanto ¿cómo se podía hacer alusión a dicha normativa de desarrollo si no se publicaría en el BOE hasta un año despues?
Claramente algo manipulado y opaco.
2) La Orden de Transparencia deja claro que la Orden entra en vigor transcurrido un año de su entrada en vigor y por tanto el régimen de transición debe publicarse en base a la entrada en vigor de la ORDEN y no de la normativa de desarrollo. La palabra Orden es omitida en la circular del BdE del 30/4/2013 y, además, en la EHA2899 está situada despues de la palabra 'Orden', por tanto predomina la vigencia de la Orden de Transparecia frente a la normativa de desarrollo. Otra manipulación que perjudica a los consumidores.
3) Existe una clara manipulación al alza de los índices IRPH, que mientras el Euribor baja éstos suben. Han experimentado una subida de 0,5 puntos porcentuales desde enero, algo totalmente inusual, teniendo en cuenta que tan solo hay dos cajas de ahorros en España.
Si sumamos esto a la opacidad y prorroga constante e injustificada en la publicación del régimen de transición, que acabaría con estos índices, es evidente que tanto el BdE como el resto de Entidades Financieras redactaron el texto de tal manera que los indices revisados durante el 2013 fueran beneficiosos para las Entidades Financieras y no para los consumidores.
¿Afecta tambien a los comsumidores q tienen en la escritura. euribor+1?
ResponderEliminarAfecta a todos los que tienen en las escrituras IRPH, aunque tengan sustitutivo euribor
Eliminarque prorroguen o que se inventen lo que quieran, me da igual, lo que no me da igual es que estando el valor del dinero en 0,5% nos estemos comiendo mas de un 3,5% esto deberia ser ilegal, es una estafa, es una usura que no hace mas que machacar la clase media, gobierno de turno: TOMAR CARTAS EN EL ASUNTO!!
ResponderEliminar¡¡ Que vergüenza de País ¡¡ En donde los ciudadanos pagamos dinero a los propios banqueros que nos dan las hipotecas, y después éstos nos sacan hasta el hígado sin tener compasión por nada ni por nadie. ësto no tiene otra solución que dejar de pagar TODOS las hipotecas. Entonces veréis como el dinero que nos han prestado nos lo pondrían aun interes lógico no usurero. Pero ¡¡ Vamos a ver señores !! A ellos les dan el dinero entre un 0.25 - 0.40 y nosotros lo pagamos entre un 4.10 - 5.50 . Pero XD ¡¡ Que es ésto !!......... Pues ésto es un País donde todo el mundo se queja y nadie hace nada, donde todo el mundo suelta su gonorréa de palabras y se queda tan agusto, cagándose en todo, soltando improperios y no haciendo NADA DE NADA. ¡¡ Señores !! abran los ojos de una vez españolítos de a pié, que son unos usureros que les da igual todo...... que no miran nada más que por sus bolsillos, ellos y el gobierno. ¡¡ que te suicidas !!:o Pobrecito. ¡¡ Que entras en una depresión !! - Claro eso os pasa por no leer la letra pequeña. que y que y que y que . Pues eso ¡¡ QUE ESTOY HASTA LOS COJONES DE TANTO CHORIZO BANQUERO, GOBERNANTE, YERNO DE MONARCA, CONDES Y SUS " QUERIDAS MADRES Y FAMILIAS ".
ResponderEliminar¿Que acciones efectivas se pueden realizar?
ResponderEliminarEsto es de verguenza, yo estoy pagando 4,90% (clausula suelo) y tengo como indice de referencia IRPH + 0,50.
ResponderEliminarParemos ya a estos desalmados. Esto es un robo a mano armada y no se hace absolutamente nada.
STOP IRPH Y sustitucion ya por euribor+0% a 1%-