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martes, 15 de septiembre de 2015

Respuesta de los afectados por el IRPH de las PAHS de Cataluña al Sindic de Greuges (defensor del cliente)

Una vez leído el informe del Sr. Ribó, Síndic de Greuges (defensor del cliente) de Cataluña, sobre la Protección de los Afectados por el Indice IRPH y dado que su publicación deberia de haber sido consensuada entre el Sindic de Greuges y nuestra plataforma de acuerdo con el que convenimos, desde la comisión de IRPH de la Plataforma de afectados por la hipoteca (PAH) queremos hacer algunas consideraciones las cuales esperamos sean corregidas o en su caso consensuadas.
En primer lugar, tenemos que hacer constar que la cifra de 300.000 afectados no es correcta; tal y cómo se establece a la moción aprobada al pleno del Parlamento de la Generalitat, hablamos de 1.300.000 afectados por la aplicación de la IRPH. Quizás esta divergencia viene originada por el hecho que su Departamento no ha tenido en cuenta el gran número de hipotecas que han quedado referenciadas a un tipo fijo establecido al contrato hipotecario una vez desaparecido la IRPH cajas; un tipo fijo que por lógica y, puesto que es fruto del cálculo manipulable del IRPH, tiene que declararse nulo. Se tiene que tener en cuenta el crecimiento que sufrió el IRPH cajas meses antes de su desaparición. Mientras el euribor bajaba, este índice aumentaba de manera exponencial su valor. Sabían las entidades de su futura desaparición y que muchos préstamos quedarían referenciados a su último valor de manera perpetua?la respuesta se que sí. En cualquier caso, la defensoría del pueblo no hace referencia de esta posibilidad en su informe, y hoy en día tenemos un gran número de afectados que pagan entre un 3,70 y un 4,50 de tipo de interés que se perpetua para toda la vida del préstamo, con una cuota resultante totalmente desorbitada para nuestras economías.
Por otro lado, tenemos que hacer constar también que en la página número once del informe de la Sindicatura se hace referencia a las preguntas propuestas por la parte demandante al Enjuiciado número 4 (no es el número 1) de Burgos y donde el propio Banco de España (BDE) afirma que las entidades pueden influir de manera considerable en el resultado del indice en cuestión, vulnerando así y como ustedes explican, el artículo 26.a de la orden EAH/2899/2011 además de las propias circulares del BDE o artículos del Código Civil. Esta afirmación por parte del BDE es considerablemente imprescindible a la hora de hablar de la nulidad del índice, pues es el propio BDE el máximo garante de la transparencia de la elaboración de los índices que es consideren oficiales. Con sus respuestas, el propio BDE mujer crédito de la manipulabilidad que podría sufrir la índice IRPH por parte de cajas, bancos y entidades financieras. Por lo cual, automáticamente se tendría que producir su nulidad. El Síndico sólo dedica un pequeño párrafo a este tema, y sinceramente agradeceríamos una explicación más extensa y detallada de los hechos en cuestión.
Al informe también se menciona la autonomía de la voluntad del arte 1354 del Código Civil; queremos hacer constar que su regulación viene establecida al artículo 1255 del mismo Código, que nos otorga el derecho a pedir a las entidades contratos anexos al principal, estableciendo el que las partes consideren oportuno sin necesidad de generar gastos adicionales , al contrario del que las entidades nos quieren hacer creer.
En último lugar, hacemos constar la demanda que consideramos más trascendental de las mencionadas y que versa sobre la solicitut de los afectados. El informe del Síndico habla de renegociación entre las partes o de sustituir el actual IRPH o índice fijo (derivado del IRPH cajas) por el Euribor más el diferencial actual del mercado. Así, olvida que la mayoría de hipotecas referenciadas a la IRPH datan del período 2004-2008, años en que el propio sistema y las mismas entidades hicieron crecer el valor del suelo y subieron el precio de la vivienda, obligándonos a pedir un gran capital para hacer efectivo nuestro derecho a la vivienda, recogido al arte 147 de la Constitución Española. Un capital desorbitado que año tras año hemos ido pagando según habíamos firmado, desconociendo la realidad de este índice y la estafa que nos ha supuesto. Cómo quieren que aceptamos una renegociación del tipo adaptando las circunstancias actuales del mercado? Qué pasaría entonces con el perjuicio económico que durante todos estos años hemos sufrido los afectados?
El Banco de España nos apoya con sus respuestas, llevamos mucho tiempo haciendo frente a cuotas desorbitadas, y por todo esto y en base a la definición de nulidad recogida a nuestro Código civil, exponemos nuestra demanda de NULIDAD de pleno derecho con efectos retroactivos desde el comienzo de la obligación contractual.
No queremos acabar este escrito sin agradecer la atención del Sindic de Greuges y que se intente velar por nuestros derechos. Así como también que hagan saber a la Agencia Catalana de Consumo que también tienen que cumplir su deber y que tengan en cuenta nuestras demandas, puesto que somos afectados de primera mano.
Por último, queremos hacer constar también que esta no es una crítica a su informe, sino nuestra opinión; una confluencia de opiniones que tendríamos que haber acordado antes de hacer público el ya presentado informe. Esperamos vuestra respuesta y confiamos que tendrán en cuenta nuestras consideraciones.

13 comentarios:

  1. Aquí el informe del Sindic de Greuges http://www.sindic.cat/es/page.asp?id=42

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  2. Hola a todos! Me gustaria saber alguna direccion o telefono donde me pudiera poner en contacto con la agrupacion para informarme sobre que debo de hacer con mi problema sobre mi hipoteca de irph. Gracias por antelacion. Un saludo

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  3. Busca por internet la PAH de tu ciudad. Ahi vendran los datos de contacto

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  4. Hola,
    Seguira siendo necerario contratar abogado/demanda judicial aun cuando han aprovado mocion en parlament de Catalunya contra IRPH? Hemos averiguado y coste de demanda judicual puede llegar a ser 1800 euros como minimo. un saludo

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  5. Hola buenas, hoy me acabo de enterar que tengo el IRPH y mi enfados y sorpresa podéis imaginaros. Todo lo que he visto en este foro es de personas de Cataluña por ello mi pregunta es se puede reclamar a nivel nacional???? Y si es así creéis que podré ganar el pleito??? Estoy muy perdido y creo que me tendré que buscar un abogado. Pero mi mayor sorpresa es que en 7 años que llevo con la hipoteca nadie me informará en el momento de la sobrogacion de ella.

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    Respuestas
    1. El irph tiene la misma opaca forma de cálculo tanto en Cataluña como fuera de ésta. Respecto al pleito todo dependerá del juez que te toque y del abogado que lleves, pero sí es cierto que cada vez tenemos más sentencias que nos favorecen. Aún y así, la lucha continua en la calle, frente a las instituciones ; pues es bien sabido que se necesita una solución global para todos los afectados ya que no todo el mundo puede costearse un abogado.
      Un saludo

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    2. El irph tiene la misma opaca forma de cálculo tanto en Cataluña como fuera de ésta. Respecto al pleito todo dependerá del juez que te toque y del abogado que lleves, pero sí es cierto que cada vez tenemos más sentencias que nos favorecen. Aún y así, la lucha continua en la calle, frente a las instituciones ; pues es bien sabido que se necesita una solución global para todos los afectados ya que no todo el mundo puede costearse un abogado.
      Un saludo

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  6. Hola. En mi caso me gustaría saber si merece la pena cambiar el tipo de interés ya que tengo irph entidades y un diferencial de 0.10 sin obligación de tener ningún tipo de seguro ni domiciliación ni nada parecido. Y también saber si el irph seguirá bajando en los próximos años ya que el euribor esta en mínimos históricos. Gracias , un saludo

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  7. Hola. En mi caso me gustaría saber si merece la pena cambiar el tipo de interés ya que tengo irph entidades y un diferencial de 0.10 sin obligación de tener ningún tipo de seguro ni domiciliación ni nada parecido. Y también saber si el irph seguirá bajando en los próximos años ya que el euribor esta en mínimos históricos. Gracias , un saludo

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    1. Tu veras si declarando un indice abusivo y no trasparente te interesa seguir fiandote de el. El euribor esta en minimos cierto, pero si ves el hostorico de euribor e irph la diferencia siempre a sido abismal. No pienses que si sube el euribor se te va a igualar al irph. Pero vamos, si te merece la pena..., echa las cuentas

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  8. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  9. Hola aquí otros afectados por estos sinvergüenzas yo pago un 4,79 de interés al mes a mi me vieron cara de gilipollas y lo mejor nunca había escuchado lo de irph hasta el jueves pasado
    yo pensaba que iva con euribor pero no mañana tengo visita con la directora del banco que por cierto es la caixa iré acompañada de un asesor fiscal mi pregunta es conseguiré algo por las buenas o hay que llegar a juicio yo no me puedo permitir encima pagar un abogado no hay en la plataforma ningún afectado que sea abogado? Somos todos unos pringaillos? Se supone que somos muchos un abogado colectivo no valdría

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  10. buenos dias a todos! nosotros hicimos la hipoteca con IRPH MAS 0 , vimos que siempre pagabamos más però que en algún momento el euribor subiria... así que decidimos hacer-la a irph por si en algun caso subia el euribor que no nos afectase! cuando desaparecio ni nos dimos cuenta! directamente nos pusieron al 3.58%!!! fuimos a hablar y nada de nada!! ha passado un año y hemos ido a hablar nuuevamente para llegar a un acuerdo o canviar las condiciones y... nos ofrecen EUR + 2.299!! una verguenza!! ya que si entro en la web del banco, venden hipotecas al tipo fijo i EUR + 1.25!! PERÒ ... AL SER CLIENTE DE IRPH NO SE PUDE TOCAR....
    Alguien sabe si hay alguna plataforma para que nos acesoren? porque por ahora , veo que lo mas viable es irme del banco y hacerme otra hipoteca con otra entidad! ya se que pagare unos gastos pero me sale a cuenta! y mi otra pregunat es: si me voy de la entidad, pudo reclamar igualmente?
    gracias y saludos!

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